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El pasado 22 de diciembre, el Gobierno decretó que conceptos como el plus de transporte, los planes de pensiones, los tickets-comida o los seguros, entre otros, se incluyesen en la base de cotización de los trabajadores. En líneas generales, esto significa que las empresas deben cotizar cerca de un 31% –cifra que varía según la actividad de la compañía–, por un concepto por el que anteriormente no lo hacían, según explica José Javier Montero, socio-fundador de QualityConta. “No cabe duda –señala este experto– que esta medida incrementará el coste empresarial para 2014, en un contexto de crisis y en un momento, además, en el que los presupuestos de las compañías se encuentran cerrados o aprobados, en su mayor parte”. Ahora, la pregunta es: ¿suprimirán las empresas estos beneficios para los trabajadores con el objetivo de contrarrestar este aumento del gasto?

Según recuerda Montero, “no siempre se puede recurrir a ello porque, por lo general, hablamos de derechos que se adquieren y se pactan en la retribución de cada empleado”. Es decir, para cambiarlo o suprimirlo, sería necesario recurrir a una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo, una cuestión sobre la que, por cierto, “algunas empresas ya nos han solicitado una valoración”, apunta este experto en Derecho Laboral.

Respecto a cómo afectará a los trabajadores la inclusión de estos conceptos en la base de cotización, son muchas las voces que han asegurado que “sin duda, será perjudicial”. Sin embargo, Montero reconoce que, si bien es cierto que se reducirá su importe neto en nómina, “el incremento de la base de cotización es un hecho favorable para el empleado”. Entre otros aspectos, porque se traduce en un mayor importe en las prestaciones de la Seguridad Social –desempleo, incapacidad laboral, pensión de jubilación, maternidad…–.

Un ejemplo muy claro de este impacto positivo lo podemos encontrar en la pensión de jubilación. En los últimos años, el Gobierno ha ampliado el periodo de cotización para el cálculo de la jubilación –incrementándose, primero, de dos a ocho años; después, de ocho a 15 años; y, por último de 15 a 25 años, aunque ahora nos encontramos en un periodo transitorio–. A juicio del socio-fundador deQualityConta, “la tendencia es que, al final, se consideren las cotizaciones de toda la vida laboral del empleado para calcular la pensión, por lo que la inclusión de estos conceptos, aunque en principio parezca perjudicial, será beneficioso para el trabajador”.